1) Enviar un burofax con un ultimatum. No es necesario que venga firmado por un abogado, pero hay que prestar atención a un par de detalles, como son:
- Identificar las facturas pendientes de pago: número, fecha, cantidad.
- Dejar constancia de que no es la primera vez que se reclama la deuda.
- Establecer un plazo de pago improrrogable.
- Pedir que se envíe un justificante del pago realizado.
- Establecer los medios de pago aceptados.
- Reservarse las acciones legales correspondientes.
- Recordar los datos de contacto del acreedor.
2) Iniciar el procedimiento monitorio. El monitorio es un procedimiento más rápido y sencillo que el ordinario. Aplica a reclamaciones de cantidades inferiores a 250.000 euros y está pensado para estos casos. Se tramita en el juzgado correspondiente al domicilio del deudor.
Sello motivador |
Hay un ligero riesgo: que el deudor se oponga a la reclamación. Para esto necesita un motivo, claro. Pero en el momento en el que se oponga, el monitorio se puede convertir en:
- Un proceso verbal (cuantías inferiores a 6.000 euros). Desde el juzgado convocarán a las partes a una vista. Sigue sin ser necesario abogado ni procurador. Si el acreedor no va a la vista, le condenarán en costas.
- Un proceso ordinario (cuantías superiores a 6.000 euros). En este caso, el acreedor debe presentar una demanda formal con abogado y procurador. Si no lo hace, de nuevo, le condenarán en costas.
ACTUALIZACIÓN 14 DE ABRIL DE 2011
Han cambiado la Ley. Los monitorios presentados a partir de ahora llevarán
- una tasa de 90 euros fijos, más
- un variable del 0,5% sobre la cuantía del procedimiento.
3 comentarios:
Interesante artículo. Además, tras la reforma operada por la Ley 37/2011, ya se pueden reclamar deudas de cualquier importe a través del proceso monitorio sin necesidad de abogado ni procurador para presentar la petición inicial.
Para más información podéis visitar nuestra web http://conocertusderechos.blogspot.com
Un saludo.
Ah, pues sí, hay más información en esa página, y en concreto, en la etiqueta del Proceso Monitorio. Gracias por la aportación! Saludos.
http://conocertusderechos.blogspot.com/search/label/PROCESO%20MONITORIO
Muy interesante, justo la información que estaba buscando para complementar y revisar el caso que estamos planteando, gracias!
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