lunes, 23 de mayo de 2011

Orange me da un iPhone 4 nuevo

Tras consultar las promociones de distintas operadoras, mi empresa (titular de 2 líneas con Movistar) pidió la portabilidad a Orange (France Telecom S.A.U.) a través de una tienda física, y nos venden 2 iPhone 4 16Gb baratitos, pero con compromiso de permanencia de 24 meses.

La tienda de Orange nos pide 120 €, que se quedarían en su bolsillo si cancelamos la portabilidad. Movistar, en esa semana, intenta igualar la oferta de Orange, pero no lo consigue. Esto de los amagos y cancelaciones de portabilidad, y la legalidad de las cuantías que piden, la portabilidad por web, etc., es otra historia.

A la semana, el sábado por la mañana, nos entregan los iPhone 4 Gb. El lunes los encendemos, para hacer efectiva la portabilidad (que no se tramita durante el fin de semana).

Sorpresa: uno de los iPhone 4 funciona mal. En concreto, el botón superior se queda atascado, así que en cuanto lo pulsas (por ejemplo, para bloquear el teclado), el teléfono se cree que lo quieres apagar. El botón no sube, se queda siempre como si tuvieras puesto el dedo. Así:


El mismo día vamos a la tienda de Orange, donde los empleados comprueban el defecto. Pedimos un iPhone 4 nuevo, pero nos dicen que lo tienen que mandar a reparar. Pero eso va rápido: "como mucho, una semana". A cambio nos entregan un Nokia 3100, que es un modelo del 2003 y que no tiene Internet (bueno, lo máximo que tiene es el 'serpiente').

Nokia 3100

No obstante, Orange ya me cobra como si estuviera utilizando la tarifa de datos. Afortunadamente, en casa tengo otro smartphone y puedo utilizarla, pero vaya tela.

14 días después de dejar el teléfono, me llaman de la Tienda de Orange, comunicándome que el teléfono ya estaba arreglado y que podía recogerlo. El mismo día voy y lo recojo. Me lo llevo a casa, y ¿no lo adivinan? El botón sigue atascándose cuando lo pulsas. Mira, otra vez:



AAAARGH. Otra vez a la Tienda de Orange. Ahora ya no quiero reparaciones, ahora QUIERO UN MÓVIL NUEVO. Si voy a estar 24 meses con el mismo teléfono, más vale que funcione bien, ¿no? Pues el dependiente me comenta que ellos no pueden decidir la entrega de un teléfono nuevo, que tienen que enviarlo al servicio de reparaciones otra vez. También me comenta que puedo ir yo a hablar directamente con Apple.

Llamo a Apple. Un argentino me dice que ellos tampoco sustituyen teléfonos, que ellos sólo los reparan. PUES NO ME SALE DE LAS PELOTAS NARICES.

Me informo del tema. Como consumidor tengo derecho a un teléfono nuevo y sin defectos, según los artículos 119 y 120 del Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y a que me lo facilite la empresa a la que se lo he comprado. Así que voy para la Tienda otra vez a que me den uno nuevo. Tomo nota del IMEI del teléfono, por si acaso.

En la Tienda han hablado con su Servicio de Reparaciones, y se llevarán el teléfono "con carácter de urgencia". Le digo que muy bien, pero que no quiero el teléfono reparado, QUIERO UNO NUEVO. En la Tienda tienen que rellenar un formulario para enviar teléfonos al Servicio de Reparaciones, así que le pido al dependiente que, en ese formulario, haga constar expresamente que "EL CLIENTE SOLO ACEPTA LA SUSTITUCIÓN DEL TERMINAL".

Dejo el iPhone 4 defectuoso en la Tienda, me entregan copia del documento.

A los 10 días me entregan un iPhone 4 en caja cerrada con film original, con los plastiquitos protectores, con el botón funcionando, y con el IMEI distinto.

¡UN IPHONE 4 NUEVO! 
¡ALELUYA!

Si no me lo hubieran entregado, hubiera tenido que seguir el siguiente procedimiento:
  1. Rellenar y presentar una hoja de reclamaciones, con el correspondiente número de reclamación.
  2. Esperar un mes.
  3. Preparar y presentar una Reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones.
Afortunadamente, no ha sido necesario. Pero ¡recordad!
"si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto (...). Desde el momento en que el consumidor y usuario comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella (...)". 119 TRLGDCU.

2 comentarios:

Unknown dijo...
Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
Reclamación ADSL dijo...

El comentario suprimido era de un comercial de Orange ofreciendo sus servicios. Quien esté interesado en hacer publicidad en este blog por favor que nos lo haga saber previamente.